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Tribunal de Honor y Etica
ENTREGAN NUEVO CODIGO DE ETICA
Karla Vargas Molina
Carné 1101
El próximo 3 de mayo se distribuirá el nuevo Código de Ética de los y las profesionales en comunicación aprobado a finales del año pasado. Es un instrumento de trabajo en el marco de acción de los profesionales en comunicación que fija el compromiso con los principios éticos que deben cumplir.
Este Código señala los deberes y responsabilidades de los profesionales en comunicación, periodistas, publicistas, relacionistas públicos y productores audiovisuales, que establece desde una óptica diferente lo que verdaderamente es la Ética, con un enfoque formativo y no represivo.
El documento da reglas para los comunicadores agrupados en el Colegio de Periodistas de Costa Rica, ante la necesidad ética de llevar a la práctica los valores esenciales de verdad, honestidad, imparcialidad, independencia y respeto a los derechos ajenos y propios.
Esto con el fin de que los comunicadores reconozcan la responsabilidad de respetar los principios y los valores que fomenten el bienestar entre ellos mismos y para con la sociedad.
El anterior Código era para periodistas en ejercicio ya que no contemplaba otras disciplinas que hoy están bajo la tutela del Colegio de Periodistas, así como algunos aspectos que debían actualizarse.
Esfuerzo conjunto
Este Código fue elaborado durante más de dos años con la participación de comunicadores de amplia trayectoria profesional y estudiantes universitarios de las diferentes disciplinas de la comunicación, quienes fueron parte de reflexiones, discusiones, análisis, estudios y autocríticas de los elementos que conforman la presente normativa, a través de jornadas de trabajo. Para lo anterior, se analizaron los Códigos de mayor renombre a nivel mundial.
Se realizaron cuatro jornadas de trabajo con la participación de expertos nacionales e internacionales, doctores en filosofía y periodistas, el Dr. Luis Fallas López, Director del Instituto de Investigaciones Filosóficas de la Universidad de Costa Rica, el filósofo Álvaro Jiménez Portilla, el periodista Luis Rojas Coles, profesor universitario, y el Dr. Josep Casasús I Guri, filósofo español.
A partir de mayo se iniciará un programa de divulgación del Código en los diferentes medios de comunicación y se harán charlas en universidades que imparten las diferentes disciplinas, así como en el Colegio de Periodistas.
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DEBERES DE LOS PROFESIONALES EN COMUNICACION
Regirse por los valores de libertad, respeto y diálogo, solidaridad, integridad, justicia, veracidad, lealtad, responsabilidad, transparencia, equidad, calidad, excelencia y compromiso social, con el fin de ejercer la profesión con dignidad y honorabilidad.
PERIODISMO
Defender la libertad de expresión y el derecho a la comunicación e información como derechos universales.
Ejercer con vocación de servicio público, de tal forma que las informaciones emitidas sean oportunas, equilibradas y veraces.
Facilitar la participación de los ciudadanos en los medios de comunicación y el derecho de respuesta.
Conducirse de manera respetuosa en la obtención de las informaciones, con respeto al dolor ajeno, la privacidad y la intimidad.
No reproducir estereotipos de ninguna naturaleza, ni hacer discriminación de personas por ninguna razón.
No elaborar informaciones fuera de contexto o tendenciosas, que puedan inducir a engaño.
RELACIONES PÚBLICAS
Actuar con lealtad, tolerancia, honestidad y respeto a los derechos humanos, en aras de facilitar los procesos de comunicación entre los diversos públicos internos y externos de las organizaciones.
Ejercer la profesión con justicia y responsabilidad, propiciando una comunicación pertinente, asertiva, clara y veraz.
Fomentar la responsabilidad social como un valor esencial e imprescindible.
Indicar siempre a quién se representa públicamente en el ejercicio profesional.
Mantener un comportamiento íntegro en las actuaciones, aplicando los valores éticos en el desempeño de las funciones.
PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
Asumir la responsabilidad por las propuestas, guiones, libretos, producciones y en general cualquier trabajo profesional que realicen.
Respetar la libertad de creación, diseño, producción, expresión e información de los profesionales, dentro de los parámetros establecidos en el artículo primero del presente Código.
Indicar la naturaleza de la producción en el caso en que no sea estrictamente informativa.
No utilizar contenidos fuera de contexto o tendenciosos que puedan inducir a engaño o a error, material audiovisual alterado, fuentes informativas falsas o fuera de toda credibilidad.
Incluir advertencias para la audiencia cuando el contenido del producto audiovisual pueda perturbar emocionalmente.
PUBLICIDAD
Orientar la opinión pública sin exagerar, inducir a error o engaño, ofrecer información inexacta o desinformar, ni realizar declaraciones o afirmaciones sin sustento, ni descripciones ficticias del producto y servicios o desapegadas a la realidad.
Respetar el derecho a la privacidad e intimidad, así como la imagen de los sectores socialmente vulnerables, las personas físicas y jurídicas.
No representar simultáneamente intereses en conflicto.
No revelar información confidencial que afecte los propósitos y la buena marcha de las organizaciones, empresas o públicos con los que establezca relación.
Este Código se encuentra en la página web del Colegio de Periodistas
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