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DÍA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
• 1 de setiembre: Día de la Libertad de Expresión por Decreto Legislativo No. 8510, del 16 de mayo del 2006, fecha del natalicio de José María Castro Madriz, defensor de este derecho fundamental.
La libertad de expresión no es una ilusión ni un regalo: es un derecho fundamental que requiere entrega y desprendimiento de todas aquellas personas que se levantan contra los y las opresores que intentan ocultar, encubrir y tratar de silenciar hechos de interés público y tratan de acallar la fuerza potente y regeneradora que nutren las libertades humanas, como bien mencionó el Fallo del Jurado del Premio Jorge Vargas Gené / Óscar Cordero Rojas 2008.
Costa Rica, en casi la totalidad de su transcurrir histórico moderno, ha sido respetuosa del derecho de libertad de expresión, estipulado en el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 que dice que: “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Los medios de comunicación social materializan la libertad de expresión, es por ello que sus condiciones de funcionamiento difieren de otras actividades empresariales que no inciden directamente en el goce y ejercicio de un derecho fundamental.
La responsabilidad recae en una prensa crítica, base para lograr una verdadera democracia, en la cual la ciudadanía esté debidamente informada y facultada para defender las fronteras legítimas del poder democrático.
La libertad de expresión también tiene cuerpo de mujer, cuando en ocasiones ser mujer y ejercer el periodismo es una combinación peligrosa, que vulnera el espacio familiar de las hijas e hijos quienes se vuelven blanco de agresiones y estrategias de intimidación hacia las comunicadoras.
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