Primera Plana
Cultura


La batalla legal de las tejedoras mayas

Juan Manuel Fernández C.* Periodistas e investigador | Jueves 14 de Julio, 2016

“Somos nosotras las que sostenemos la cultura cada vez que portamos nuestros trajes. Las que lo portamos sabemos de dónde venimos, quiénes somos, y por qué lo hacemos”.

Las palabras las comparte Angelina Aspuac, líder de un grupo de 32 mujeres tejedoras que considera que el Estado guatemalteco omitió normas para proteger la indumentaria y los diseños textiles indígenas de los pueblos mayas del país.

Eso ha permitido, a quien lo desee, tomar uno de esos diseños indígenas milenarios –que representan a comunidades enteras– y transformarlo en un elemento mercantil como una bolsa o unos zapatos, sin que ninguna ley se lo prohíba. “Hay una responsabilidad del Estado de proteger esta propiedad intelectual y pedir permiso a los pueblos”, añade.

Ella logró que la Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala diera trámite a una acción para exhortar al Congreso de la República a emitir una normativa de propiedad intelectual en torno a los textiles indígenas.

El recurso de inconstitucionalidad se da en momentos en que los productos alegóricos a la cultura maya se cotizan por diferentes marcas nacionales e internacionales.

“Por nuestro arte, visitan Guatemala”

Pero detrás de esas telas multicolores que engalanan los mercados de las zonas más turísticas de Guatemala, hay un trabajo altamente elaborado, y un oficio sacrificado.

“Nosotras somos artistas y queremos que el Gobierno reconozca el trabajo de nuestras manos. Somos las que aportamos el arte por el que los turistas vienen a Guatemala”, reclama la tejedora Gloria Estela García.

Un güipil puede tomar hasta tres meses en elaboración. Cuando la tejedora lo logra vender, el precio oscila entre los $40 y los $160, según el nivel de detalle en el diseño. En todo caso, los montos son inferiores al salario mínimo, y, aun así, requieren una dedicación de tiempo completo. A ese costo, hay que descontar lo que la tejedora invirtió en comprar los hilos, la tela, y los tintes.

Nosotras somos artistas y queremos que el Gobierno reconozca el trabajo de nuestras manos — Gloria Estela García- Tejedora

¿Puede entonces, cualquier persona, tomar un diseño artesanal y transformarlo en productos como bolsas, blusas, zapatos o suvenires? “Así es –contesta el viceministro de Cultura, Max Araujo– porque no hay legislación. Lamentablemente los artesanos que la realizan ganan muy poco. Los intermediarios son quienes más ganan”.

Anita Lara, propietaria de la marca Unik’ –una de las de mayor demanda– considera que en el espíritu de este recurso pesa mucho el aspecto económico. “Lejos de apoyar a las tejedoras, el resultado podría ser adverso para ellas si se limitara el uso de sus tejidos”, señala.

Paradójicamente, el Gobierno de Guatemala se contradice entre sus distintas entidades. Mientras el Ministerio de Economía pidió, según el expediente, que se declare sin lugar el recurso, el Ministerio de Cultura da la razón a las demandantes.

Araujo, a quien se delegó el tema en el Ministerio de Cultura y Deportes, reiteró “la necesidad de reconocer la propiedad intelectual de las expresiones culturales tradicionales y conocimientos ancestrales".

“Sus creaciones están siendo robadas, reproducidas y vendidas en todas partes”, señaló.  Sin embargo, aclara que “la protección de la propiedad intelectual indígena depende de la adopción por los gobiernos de disposiciones legislativas internas”.

Laberinto legal

Suponiendo por un instante que el fallo es favorable y el Congreso debe redactar una Ley, ¿cómo sería el proceso ahora para comercializar textiles originarios de pueblos indígenas? ¿Es posible que una Ley reconozca los derechos de un pueblo entero sobre un diseño?

En un fallo de esta naturaleza prima la interpretación. Por ejemplo, Álvaro Castellanos, especialista en propiedad intelectual de Consortium Abogados, cree que “sí es posible que la CC reconozca un derecho que puede pertenecer a un conjunto de personas y no solamente a una persona. Ejemplos de ello, existen, como las denominaciones de origen o las indicaciones geográficas”.

¿Se puede pagar, entonces, a una comunidad entera por una única creación textil? ¿A quién se le pagaría? “Esa sería una de los grandes problemas e incertidumbres; ¿al pueblo entero hay que pagarle? ¿cuánto le queda al autor verdadero? ¿qué incentivo tendrá el autor verdadero de seguir desarrollando sus obras si tiene que repartir su ‘ganancia’ con un pueblo entero?” cuestiona Gustavo Noyola, socio de propiedad intelectual del bufete Central Law.

El camino que resta

Lo cierto es que las tejedoras han recorrido unos cuantos pasos en un camino que es de kilómetros, para lograr el reconocimiento de sus derechos de propiedad intelectual sobre los tejidos y diseños mayas. Después de todo, su principal fortaleza es la paciencia que sueña, hilvana, y magnifíca.

¿Qué sigue entonces? Más allá de lo deseable, está lo realizable. Primero, se tiene que comprobar el valor jurídico de lo argumentado por las tejedoras. Segundo, verificar si los instrumentos regulatorios actuales son insuficientes para proteger la autoría de los diseños e indumentarias indígenas. Y tercero, corroborar si es posible crear esta figura de que un diseño se le atribuya a una comunidad entera.  Eso provocaría cambios profundos en la cadena de valor.

Así, las tejedoras demandantes y el Estado se enfrentan a un cruce de caminos: ¿Fue el Estado el que omitió, sin intención o deliberadamente, a un segmento de la población cuando estableció sus leyes mercantiles? O, ¿son los pueblos indígenas los que deben adaptarse al contexto y normativas contemporáneas? La respuesta está en manos de los magistrados de la CC.

*Esta noticia fue publicada con autorización del autor y es un extracto del reportaje publicado en el diario guatemalteco Plaza Pública. Usted puede acceder a la nota completa en el siguiente enlace ¿Arte Robado? La batalla legal de las tejedoras mayas.
 

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Comentarios

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